FSC-CCOO Madrid | 19 de abril de 2024

El Ayuntamiento de Madrid garantiza que el servicio de grúas trabajara siempre con un agente de la autoridad

    Los representantes de CCOO, David Jabato, Secretario de la FSC-Madrid, Juanjo Regatos, responsable de la Secretaria de Políticas Públicas y Sectoriales, y Juan Carlos Alonso en representación de la sección sindical de CCOO-EMT, mantuvieron una reunión con la delegada del Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Inés Sabanes a la cual asistió también el gerente de la EMT Álvaro Heredia, para tratar la nueva ordenanza de movilidad en lo referente a las grúas municipales.

    17/10/2018.
    Grúas Ayuntamiento de Madrid

    Grúas Ayuntamiento de Madrid

    El motivo de esta reunión no era otro que la controvertida aprobación en el pleno del pasado 5 de octubre de la nueva ordenanza de movilidad sostenible, y mas concretamente sobre el articulo 251 punto 5, donde se hace referencia a la facultad que se confiere a los conductores de grúa para poder retirar vehículos de la vía publica sin presencia policial.

    Manifestamos nuestro profundo malestar sobre esta incorporación en la ordenanza, alegando la indefensión tanto física como jurídica a la cual se verían sometidos dichos conductores. Admitiendo la gravedad de la situación que se podía dar, sostuvieron que en ningún momento esto estaba dirigido a la puesta en marcha de un servicio conocido como grúa exprés y a su vez reconocieron, que al ser una ordenanza tan amplia y farragosa se podría haber pasado por alto las posibles consecuencias de este artículo, al igual que su propia incorporación. Hubo un firme compromiso para conocer mediante petición a la Comisión Técnica encargada de la elaboración de esta ordenanza de quien y por que se ha implementado.

    Destacando lo más positivo, es que sacamos el férreo compromiso, aprovechando de la bondad de esta ordenanza que admite modificaciones al ser viva, se va a buscar de momento una interpretación para que los conductores no carguen sin presencia de la autoridad bajo ningún concepto, mediante apertura de la correspondiente instrucción y que tiene que desembocar en la total supresión de este artículo a la mayor brevedad posible. La sección sindical de CCOO-EMT permanecerá atenta para que estas palabras concluyan en hechos.

    Esta sección sindical se reserva el derecho de iniciar el correspondiente contencioso contra el Ayto. mediante la oportuna denuncia en nuestros servicios jurídicos por si el echo en si fuera constitutivo de algún tipo de delito o acto ilegal, todo ello en base a la sentencia del TSJ andaluz que obligo a retirar de la propia ordenanza de movilidad en Sevilla un articulado similar a la que nos ocupa.