FSC-CCOO Madrid | 25 de abril de 2024

Ampliación del permiso de paternidad

    A partir de 1 de enero de 2020 el permiso de paternidad se amplía a 12 semanas según establece el "Real Decreto-ley de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación"1. En el año 2021 se equiparará al de las madres, quedando ambos permisos en 16 semanas.

    08/01/2020.
    Nuevo permiso paternidad

    Nuevo permiso paternidad

    • Requisitos para solicitar la baja por paternidad

    El principal requisito para el permiso de paternidad es estar dado de alta en la Seguridad Social, en el régimen general o los regímenes especiales. Además, el trabajador debe haber cotizado un mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al comienzo del permiso o, en su defecto, al menos 360 días a lo largo de toda su vida laboral. En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, se aplicará un coeficiente global de parcialidad sobre los últimos siete años para acreditar el periodo mínimo de cotización exigido para disfrutar de la prestación.

    Si se trata de un menor adoptado o acogido, se puede generar el derecho a prestación por baja de paternidad en los casos en los que el niño o niña sea menor de 6 años. También podrán acogerse aquellos que adopten o acojan a un menor de 18 años que tenga un grado de discapacidad superior al 33% o en los casos en los que, al provenir del extranjero o por circunstancias personales, el menor tenga dificultades de inserción social o familiar. La baja de paternidad se producirá una vez haya finalizado la de maternidad.

    • · ¿Quién puede solicitarlo?

    Todos los padres o progenitores diferentes a las madres cuyos hijos o hijas nazcan en el 2020.

    • · ¿Se puede dividir el permiso?

    Sí, en el caso de nacimiento, el padre o el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de doce semanas, de las cuales las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. Las restantes ocho semanas, se podrán distribuir a voluntad, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida. (Hay que preavisar a la empresa siempre con 15 días antelación)

    • · ¿Puede el padre ceder días a la madre?

    No, son derechos independientes. Sin embargo, en 2020 la madre, hasta que se equiparen los derechos en el 2021, sí podrá ceder al padre un periodo de hasta dos semanas de su permiso de maternidad de disfrute no obligatorio.

    • · ¿Está retribuido?

    Sí, al 100%. Igualmente, los padres o el progenitor diferente a la madre pueden solicitar el permiso para el cuidado del lactante.

    • Cómo solicitar la baja por paternidad

    Todos los trabajadores por cuenta ajena, funcionarios o autónomos tienen derecho al permiso de paternidad 2020. En los casos de adopción o acogimiento, la baja paternal corresponderá a uno de los progenitores, según ellos decidan. Cuando solo hay un progenitor o adoptante, no puede acumularse el permiso de paternidad y maternidad. Nada más producirse el nacimiento del niño o niña o haya resolución judicial para la adopción o acogimiento, debemos solicitar en la empresa el certificado de baja. En este documento debe constar el importe de nuestra última nómina para que la Seguridad Social pueda calcular la prestación que nos corresponde durante la baja.

    Tras esto, hay que presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social el Modelo de solicitud de prestación de paternidad (se puede descargar en internet). Junto a esta solicitud, hay que entregar el certificado de nacimiento, adopción o acogimiento del niño/a, original y fotocopia del DNI, certificado de empresa, última nómina, original y fotocopia del libro de familia actualizado y número de cuenta en el que se desea recibir la retribución de la baja. Tras recibir la solicitud y toda la documentación correspondiente, la Seguridad Social tiene un plazo de 30 días para resolver y notificar la aprobación de la concesión del nuevo permiso de paternidad de 12 semanas.

    Permiso para el cuidado del lactante

    Este permiso retribuido es un derecho individual de las personas trabajadoras. Permite ausentarse del trabajo, hasta que el bebé cumpla 9 meses, durante una hora que puede dividirse en dos fracciones diarias, o podrá ser acumulado en días completos para disfrutar a continuación del permiso de maternidad o paternidad.

    Ambos permisos son ampliables en caso de partos múltiples y son extensivos a situaciones de adopción, guarda con fin de adopción o acogimiento de menores.

    Esperamos que estos permisos sean bien acogidos por todos los nuevos papás y así puedan disfrutar y prolongar la atención a los recién nacidos. La suma de los derechos de ambos progenitores resulta un beneficio para la infancia.


    Aunque es un importante avance, para CCOO es insuficiente. España tiene unos índices bajísimos de natalidad debido a la falta de medidas de conciliación y bajos salarios.