FSC-CCOO Madrid | 29 de marzo de 2024

Novedades sobre el registro de jornada en Telefónica

    Con la puesta en marcha el próximo 1 de octubre de la nueva herramienta, cerramos el círculo iniciado tras la publicación del RD Ley 8/2019 que modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo un nuevo apartado 9.

    29/09/2020.
    Registro horario

    Registro horario

    "Apartado 9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
    Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
    La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.”

    • La herramienta tiene acceso desde los móviles y ordenadores, y para utilizarla se usará como portal Success Factor.
    • Con esta herramienta se podrá registrar el inicio y fin de la jornada, descontándose automáticamente la pausa para comida si tienes jornada partida, editar en las posteriores 24 horas dicho registro y descargar un Excel con tus registros acotando el mismo por fechas.
    • Adicionalmente, si superas tu jornada habitual, podrás indicar el motivo de tu exceso. En este caso, dicho registro, quedará pendiente de aprobación o rechazo por parte del responsable. La empresa ha insistido en que su política prioriza la no realización de horas extras y que las mismas deben ser autorizadas previamente por el superior, por lo tanto, cumple tu horario y pon en marcha cada día tu necesaria Desconexión Digital (también firmamos un acuerdo a este respecto, con todas las garantías necesarias).
    • En el caso de que tener que realizar disponibilidades o guardias, el procedimiento será el mismo que se está utilizando hasta el momento.
    • Aplica tanto a personal de dentro como de fuera de convenio y a TODAS LAS EMPRESAS DEL GRUPO TELEFONICA en ESPAÑA.

    En el turno de palabra hemos expuesto diversas dudas sobre el funcionamiento, que han sido aclaradas, y que nos servirán para poder resolver a la vez todas las que surjan en las plantillas. También a nuestro requerimiento se ha confirmado que, bajo petición, la representación de los trabajadores y trabajadoras tendremos acceso, al igual que la inspección de trabajo, al registro, según establece la ley.

    Este trabajo, hoy presentado ha constado de un piloto, en el que ha participado el sindicato, y como cualquier herramienta de nueva implantación seguirá viva para posibles implementaciones y/o mejoras.

    Estas son, a grosso modo, las novedades de la nueva herramienta, con la que se completará los procesos relativos al registro, sin limitar el desarrollo de formas de trabajo que estén basadas en la flexibilidad laboral y permitan el desarrollo de las nuevas formas de trabajo del siglo XXI, tal como la
    empresa tenía comprometido con la representación de los trabajadores y trabajadoras.

    Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nuestras delegadas y delegados, estamos aquí para ayudarte.

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