FSC-CCOO Madrid | 28 de marzo de 2024

Presentamos alegaciones al proyecto de criterios técnicos de suministro y control de calidad del agua de consumo

    Instamos a que se incluya en el proyecto de Real Decreto que el derecho al agua y al saneamiento es un derecho humano.

    13/10/2021.
    Las organizaciones sociales reclaman participación en el proceso de elaboración del reglamento del ciclo urbano del agua

    Las organizaciones sociales reclaman participación en el proceso de elaboración del reglamento del ciclo urbano del agua

    CCOO junto al sector del Ciclo Integral del Agua de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO ha presentado enmiendas al Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los criterios técnicos sanitarios del suministro y control de la calidad del agua de consumo que ha sido sometida a trámite de participación. 

    Ante la Exposición de Motivos del Real Decreto y la propia Directiva europea que viene a transponer, queremos arrojar luz sobre el hecho de que, aun citándose la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) «Right2Water» que está en el origen de esta nueva regulación del agua de consumo, se omite en el proyecto de Real Decreto el derecho al agua y al saneamiento como derecho humano. No reconocer explícitamente este derecho hará inviable cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas nº 6 al dejar a personas y familias vulnerables, y de manera significativa a las mujeres, al margen de un derecho vital para la vida.

    La pobreza tiene género y una desatención social que sitúa al Estado español en el 20% de los países europeos que no dispone de ayudas por hijo a cargo. No reconocer explícitamente el derecho al agua y el saneamiento como derecho humano hace más difícil abandonar la situación de vulnerabilidad. El agua es sin duda un recurso escaso y esencial para la salud de las personas en general y en especial para garantizar el acceso a las personas vulnerables. Hemos querido enfatizar la necesidad de colaboración con los servicios sociales, comunidades autónomas y la coordinación con las entidades locales para garantizar el acceso al agua de consumo y el saneamiento a grupos sin recursos. Consideramos fundamental que se desarrolle el objetivo ODS 6 para garantizar el carácter asequible del agua potable para todas y todos de aquí a 2030, y la condición de su acceso universal y equitativo. Nos encontramos ante un RD ambicioso que va a requerir un importante esfuerzo inversor y de contratación. Por ello, exigimos se corrija la normativa de cobertura de vacantes en el sector público para evitar una privatización total o parcial de los servicios, al margen del deterioro que esta norma puede generar en la parte de explotación con mayoría de capital público del sector.

    Aunque nos encontramos en una fase de consulta previa, para cumplir con los objetivos previamente señalados, vamos a poner al servicio de este proyecto legislativo la experiencia y conocimiento de la RLT del sector del Ciclo Integral del Agua en aspectos como: prevención de riesgos laborales, formación y acreditación de cualificaciones profesionales, inversión en mantenimiento de infraestructuras, desamiantado de la red y control de fugas, establecimiento de períodos transitorios en varios artículos para permitir la adaptación de las pequeñas y medianas empresas a los exigentes requisitos de la norma, como por ejemplo en laboratorios, aspectos sobre los que hemos presentado las correspondientes enmiendas.

    El Real Decreto regula materias no previstas en la Directiva y que tienen un impacto directo y difícil de asumir en el tiempo marcado para su entrada en vigor, si no se abre un periodo de adaptación como ocurre en la reglamentación en cuanto a la cualificación profesional, cuyos efectos perniciosos en el personal que actualmente desarrolla su trabajo en el sector se ha reflejado en el texto de enmiendas. Por su relevancia sorprende la exclusión de las actividades de piscifactorías en el Anexo VIII relativo a las zonas protegidas la captación de agua y hemos solicitado su inclusión. Por último y respecto de la incorporación de nuevas obligaciones de transparencia y acceso a la información por parte de los usuarios, en nuestra opinión resulta fundamental que se regule tanto la forma, como el fondo y periodicidad, de manera que la información sea legible y comparable entre diferentes operadores/ayuntamientos. Además, donde el servicio o parte del mismo sea adjudicado por un concurso, es necesario que sea pública la oferta ganadora y por tanto la adjudicación de la explotación. Seguiremos trabajando en mejorar la tramitación de este proyecto de RD para defender nuestras enmiendas y conseguir, entre otros objetivos, garantizar el acceso al agua de consumo y el saneamiento como un derecho humano universal y equitativo, con especial atención a los grupos marginados y en situación de vulnerabilidad de acuerdo con el ODS nº 6.